EL MÍNIMO VITAL; UN DERECHO HUMANO Y SU APLICACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA

Autores/as

  • Ivette Gómez Esquivel Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

Palabras clave:

vida digna, ISR, deducciones personales

Resumen

Toda persona tiene el derecho de una vida digna. A través del mínimo vital podrá obtener esta vida digna junto a su familia. En este trabajo se explora el concepto del mínimo vital, el cuál surge de la interdependencia entre los artículos 1, 3, 4,31 Constitucionales. Es importante establecer que para tener una vida digna se necesita satisfacer necesidades básicas como la salud, vivienda, alimentación, bienestar, y servicios sociales necesarios. El 10 de junio del 2011 México suplió en el artículo primero de la Constitución Política Mexicana el concepto de garantías individuales por el de derechos humanos y sus garantías. Además, promovió que la Constitución y los Tratados Internacionales se apliquen en forma pro-persona. De igual manera dicho artículo, les confiere a las autoridades la obligación de promover, respetar, proteger y garantizas los derechos humanos, entre ellos el mínimo vital. Es importante que los contribuyentes conozcan que existe el derecho humano al mínimo vital, que los protege de poder contribuir al gasto público en una forma proporcional y equitativa. Este derecho humano permite a las personas su sano desarrollo y alcanzar una vida digna. Finalmente se muestra, como la Ley del Impuesto sobre la Renta a través de sus deducciones limitadas, no toma en cuenta al mínimo vital como derecho humano. 

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Publicado

2023-07-18

Cómo citar

Gómez Esquivel, I. (2023). EL MÍNIMO VITAL; UN DERECHO HUMANO Y SU APLICACIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA. GESTIÓN, 1(1). Recuperado a partir de https://revistap.ejeutap.edu.co/index.php/Gestion/article/view/70

Número

Sección

Artículos